En Derecho se denominan condiciones a los sucesos futuros de dudoso acaecimiento del que se hacen acatar el comienzo o la acabamiento de relaciones jurídicas. En el primer caso se acento de condiciones suspensivas (“Te abonaré un premio si apruebas el examen”) y en el segundo, de condiciones resolutorias (“Te https://medinaempresarialsst.com/circular-028-de-2022/